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Cuota Anual y Cepillo para las Limosnas

Desde su fundación hasta marzo de 2015, la Cofradía de la SANTA VERACRUZ de Lagartera ha carecido de una cuota asociativa anual por pertenecer a la misma. Únicamente paga el cofrade que está ausente en uno de los cabildos, o en ambos, del Domingo de Ramos y del Día de la Cruz. Esto es una anomalía dentro del panorama nacional de las Cofradías que hemos corregido. Se debe contribuir con una cuota anual,  aún por determinar, por pertenecer y no por estar ausente. Según lo dispuesto en el Decreto para Cofradías y Hermandades de la Archidiócesis de Toledo de 2007, en su artículo 14, es obligación del cofrade contribuir con la cuota anual que fije el Cabildo. Lo recaudado sirve para sufragar las necesidades de la Cofradía así como para el sostenimiento del culto y la práctica de la caridad fraterna.

En el Cabildo del Domingo de Ramos de 2015 se presentó la propuesta de una cuota anual de 10,00 euros. Los menores de 25 años  y los mayores de 65 pagarán la mitad. Tal propuesta fue refrendada en el Cabildo del Día de la Cruz siempre de 2015.

Para el pago de la correspondiente cuota anual (10 euros de forma general y 5 euros para los jubilados y menores de edad) se ha habilitado una cuenta bancaria que detallamos a continuación:

ES75 3081 0087 4750 0023 1700

A partir de la cuaresma de 2015, concretamente desde el Miércoles de Ceniza y hasta el Día de la Cruz, el Mayordomo de la Cofradía coloca un cepillo para las limosnas al lado de la imagen del Cristo Crucificado. Lo recaudado durante este tiempo sirve para las intenciones de la Cofradía, como son adecentar y solemnizar el culto litúrgico en Semana Santa, celebrar misas por los cofrades difuntos, contribuir a las necesidades espirituales y materiales que el Cabildo decida.